El impuesto de sucesiones en Extremadura
El impuesto de sucesiones se liquida en la comunidad autónoma donde residía el fallecido. Extremadura bonifica al 99 % la cuota para los grupos I y II de parentesco: descendientes, adoptados, cónyuge, pareja de hecho inscrita y ascendientes. En la práctica, heredar la finca familiar entre padres e hijos cuesta una fracción mínima de la cuota teórica, más los gastos de notaría y registro de la adjudicación.
Para hermanos, tíos y sobrinos la cosa cambia: tributan por los grupos III y IV, con tarifas estatales, coeficientes multiplicadores y menos reducciones. Una finca que pasa a un sobrino puede pagar diez o veinte veces más que la misma finca que pasa a un hijo, y eso condiciona muchas decisiones de planificación en vida.
La reducción por explotación agraria
Existe además una reducción estatal del 95 % en la base del impuesto para la transmisión de empresas familiares, que puede aplicar a una explotación agraria o ganadera cuando se cumplen sus requisitos: que la finca esté afecta de verdad a la actividad, que el heredero la mantenga y la explote durante los años siguientes, y que el fallecido cumpliera las condiciones de la norma. Aplicarla mal es un foco clásico de comprobaciones de Hacienda, así que exige asesoramiento y documentación de la actividad: altas, cuadernos, SIGPAC, facturas.
Plazos y papeles, en orden
- Seis meses desde el fallecimiento para presentar la liquidación (modelo 650); se puede pedir una prórroga de otros seis dentro de los cinco primeros meses, aunque genera intereses.
- Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades y, si lo hay, el testamento; sin testamento, la declaración de herederos ab intestato ante notario.
- Inventario y valoración de los bienes: la finca se valora normalmente por su valor de mercado, con referencia catastral y comparables como apoyo.
- Liquidación del impuesto en la oficina de la Junta o por vía telemática, y después inscripción en el Registro de la Propiedad mediante escritura de adjudicación de herencia o cuaderno particional.
La plusvalía municipal no aplica a los terrenos rústicos: una preocupación menos que en las herencias urbanas.
Cuando los herederos son varios: el problema del proindiviso
Si el testamento no adjudica la finca a un heredero concreto con compensaciones, la finca cae en proindiviso: todos los hermanos son dueños de un porcentaje de todo. Es la receta de los conflictos: nadie puede vender ni hipotecar su parte sin riesgo, cualquier comunero tiene retracto si otro vende a un tercero, y las decisiones de explotación se bloquean. Las salidas habituales son la adjudicación a uno con pago de compensaciones en metálico, la venta conjunta, o la división material de la finca si la segregación es viable. La guía de proindiviso y herencias desarrolla el problema y sus riesgos al comprar una cuota.
Lo que no debe caducar con el fallecimiento
- Los derechos de la PAC del fallecido: los herederos que continúen la actividad pueden incorporarlos, pero hay plazos y comunicaciones ante el FEGA y la Junta que no deben pasar de campaña.
- Las concesiones e inscripciones de agua: el cambio de titular se comunica a la Confederación, como en cualquier transmisión.
- Los contratos vivos: arrendamientos de la finca o de la montanera, contratos de caza, pólizas de crédito y seguros agrarios, que la herencia subroga.
- Los seguros: el incendio de una finca recién heredada con la póliza a nombre del fallecido es un pleito anunciado.
Heredar para vender: la secuencia fiscal completa
Muchas fincas heredadas se venden pronto. La secuencia fiscal es doble: primero el impuesto de sucesiones (con la bonificación del 99 % en línea directa), y luego, al vender, la ganancia patrimonial en el IRPF calculada sobre el valor declarado en la herencia más sus gastos. Declarar la finca en la herencia por un valor bajo ahorra poco (la bonificación ya casi elimina la cuota) y encarece mucho la venta posterior. La guía de impuestos al vender detalla esa segunda mitad, y la de vender una finca, el proceso comercial.
Errores frecuentes en las herencias de fincas
- Dejar pasar la campaña de la PAC: los derechos del fallecido no se incorporan solos, y una campaña perdida puede no recuperarse.
- Adjudicar "a partes iguales" sin plan: tres hermanos con un tercio cada uno y sin pacto de gestión es un proindiviso condenado al pleito o a la venta mal hecha.
- Infravalorar en la herencia para "pagar menos": con la bonificación del 99 % el ahorro es mínimo y el coste en IRPF al vender, enorme.
- Olvidar el agua y los contratos: pozos, concesiones y arrendamientos siguen vivos y hay que subrogarse o renegociar.
- No inscribir: la finca heredada pero no inscrita a nombre de los herederos no se puede vender ni hipotecar con normalidad, y acumula problemas para la siguiente generación.
Planificar en vida
La mayoría de los problemas de las herencias rústicas se diseñan décadas antes: un testamento que adjudica la finca a quien la trabaja con compensaciones claras, la donación planificada en vida (que en Extremadura tiene también ventajas en línea directa, con sus condiciones), o la constitución de una sociedad familiar cuando la explotación lo justifica. Hablarlo a tiempo con un notario y un asesor fiscal es la herencia más valiosa que se puede dejar con la finca.